La estructura social está constituida por tres elementos: trabajo, ejercicio del poder y comprensión de la realidad. El trabajo tiene como finalidad alcanzar mayores niveles de satisfacción material y espiritual; el ejercicio del poder expresa el intento persistente del hombre por darse, mantener y perfeccionar el orden social más adecuado para la satisfacción de sus necesidades y aspiraciones ; y finalmente, la educación es el sistema creado no sólo para garantizar la permanencia de ciertos tipos de organización, sino para contribuir al desarrollo de la conciencia social, a la organización y a la reproducción de los factores socioculturales del pensamiento y el conocimiento.
Nuestra realidad nacional y la relación que existe entre la educación y esta sociedad, nos permite precisar que nuestro proyecto educativo debe contribuir , teórica y prácticamente, a: la apropiación crítica, del “ser social” de la comunidad y poder expresar a su vez, todo aquello que identifica la nacionalidad; a concientizar acerca de la necesidad del desarrollo humano, como una condición para poder participar en el desarrollo de la sociedad; a un análisis del sentido de desarrollo, que debe estar orientado hacia el logro de una calidad de vida para todos y cada uno de los miembros de la sociedad; a tener una concepción clara de “calidad de vida” que permita estructurar una sociedad más digna del ser humano; a experimentar vivencialmente lo que es la cooperación, el ejercicio de la autonomía y la libertad, la responsabilidad, el espíritu de tolerancia, la equidad y la participación democrática; a traducir los conocimientos adquiridos en acciones participativas a nivel de la escuela, la familia y la comunidad; y a contribuir eficazmente en la formación de una conciencia crítica, capaz de plantearse verdaderos problemas sociales y formular posibles alternativas de solución.
miércoles, 4 de mayo de 2011
FUNDAMENTOS EPISTEMOLÓGICOS
La epistemología es una reflexión crítica sobre el saber, las posibilidades del conocimiento científico y el papel que cumple en la sociedad. El Ministerio de Educación Nacional considera que la actitud científica se caracteriza por la vitalidad, por su renovación permanente y por su oposición al dogmatismo. Sin dejar de reconocer el poder de transformación que ha adquirido la producción científica orientada por lo técnico (predecir y controlar los procesos de la naturaleza), también es válido aceptar como científico, el ubicar y orientar a las personas y a los grupos humanos en sus prácticas cotidianas (interés práctico); y además se refiere a la preocupación por develar los obstáculos y nexos ocultos que esclavizan a las personas y grupos sociales (interés emancipatorio). Una voluntad política que ignore el poder de la ciencia y la tecnología, carecerá de una orientación racional de su práctica y en nada contribuirá al desarrollo integral del individuo y de la sociedad.
A través del proyecto educativo, la comunidad educativa se apropia de las metodologías de las diversas disciplinas científicas, lo que significa lograr determinadas habilidades como las que se refieren al análisis, la síntesis, la observación, la formulación de modelos, hipótesis y teorías, la crítica, la deducción, entre otras. En este sentido debemos tener en cuenta que se debe inculcar en el educando la necesidad de unir la teoría y la praxis, pues la tecnología como un saber hacer, constituye una aplicación de la ciencia; que debe ser motivado para el estudio y búsqueda de soluciones a los problemas regionales y nacionales, pues no hay ciencia regionalista ni nacionalista, sino aplicación regional o nacional de la ciencia universal; que el proyecto educativo debe buscar un equilibrio entre las ciencias naturales y las ciencias sociales y defender la posición interdisciplinaria; y que si se pretende una transformación y un desarrollo integral, es necesario partir de la afirmación de determinados valores y una conciencia capaz de explicar objetivamente los fenómenos y capaz de controlar la emotividad y de justificar de manera razonable las decisiones y procedimientos adoptados en cada momento.
A través del proyecto educativo, la comunidad educativa se apropia de las metodologías de las diversas disciplinas científicas, lo que significa lograr determinadas habilidades como las que se refieren al análisis, la síntesis, la observación, la formulación de modelos, hipótesis y teorías, la crítica, la deducción, entre otras. En este sentido debemos tener en cuenta que se debe inculcar en el educando la necesidad de unir la teoría y la praxis, pues la tecnología como un saber hacer, constituye una aplicación de la ciencia; que debe ser motivado para el estudio y búsqueda de soluciones a los problemas regionales y nacionales, pues no hay ciencia regionalista ni nacionalista, sino aplicación regional o nacional de la ciencia universal; que el proyecto educativo debe buscar un equilibrio entre las ciencias naturales y las ciencias sociales y defender la posición interdisciplinaria; y que si se pretende una transformación y un desarrollo integral, es necesario partir de la afirmación de determinados valores y una conciencia capaz de explicar objetivamente los fenómenos y capaz de controlar la emotividad y de justificar de manera razonable las decisiones y procedimientos adoptados en cada momento.
FUNDAMENTOS EPISTEMOLÓGICOS
La epistemología es una reflexión crítica sobre el saber, las posibilidades del conocimiento científico y el papel que cumple en la sociedad. El Ministerio de Educación Nacional considera que la actitud científica se caracteriza por la vitalidad, por su renovación permanente y por su oposición al dogmatismo. Sin dejar de reconocer el poder de transformación que ha adquirido la producción científica orientada por lo técnico (predecir y controlar los procesos de la naturaleza), también es válido aceptar como científico, el ubicar y orientar a las personas y a los grupos humanos en sus prácticas cotidianas (interés práctico); y además se refiere a la preocupación por develar los obstáculos y nexos ocultos que esclavizan a las personas y grupos sociales (interés emancipatorio). Una voluntad política que ignore el poder de la ciencia y la tecnología, carecerá de una orientación racional de su práctica y en nada contribuirá al desarrollo integral del individuo y de la sociedad.
A través del proyecto educativo, la comunidad educativa se apropia de las metodologías de las diversas disciplinas científicas, lo que significa lograr determinadas habilidades como las que se refieren al análisis, la síntesis, la observación, la formulación de modelos, hipótesis y teorías, la crítica, la deducción, entre otras. En este sentido debemos tener en cuenta que se debe inculcar en el educando la necesidad de unir la teoría y la praxis, pues la tecnología como un saber hacer, constituye una aplicación de la ciencia; que debe ser motivado para el estudio y búsqueda de soluciones a los problemas regionales y nacionales, pues no hay ciencia regionalista ni nacionalista, sino aplicación regional o nacional de la ciencia universal; que el proyecto educativo debe buscar un equilibrio entre las ciencias naturales y las ciencias sociales y defender la posición interdisciplinaria; y que si se pretende una transformación y un desarrollo integral, es necesario partir de la afirmación de determinados valores y una conciencia capaz de explicar objetivamente los fenómenos y capaz de controlar la emotividad y de justificar de manera razonable las decisiones y procedimientos adoptados en cada momento.
A través del proyecto educativo, la comunidad educativa se apropia de las metodologías de las diversas disciplinas científicas, lo que significa lograr determinadas habilidades como las que se refieren al análisis, la síntesis, la observación, la formulación de modelos, hipótesis y teorías, la crítica, la deducción, entre otras. En este sentido debemos tener en cuenta que se debe inculcar en el educando la necesidad de unir la teoría y la praxis, pues la tecnología como un saber hacer, constituye una aplicación de la ciencia; que debe ser motivado para el estudio y búsqueda de soluciones a los problemas regionales y nacionales, pues no hay ciencia regionalista ni nacionalista, sino aplicación regional o nacional de la ciencia universal; que el proyecto educativo debe buscar un equilibrio entre las ciencias naturales y las ciencias sociales y defender la posición interdisciplinaria; y que si se pretende una transformación y un desarrollo integral, es necesario partir de la afirmación de determinados valores y una conciencia capaz de explicar objetivamente los fenómenos y capaz de controlar la emotividad y de justificar de manera razonable las decisiones y procedimientos adoptados en cada momento.
FUNDAMENTOS EPISTEMOLÓGICOS
La epistemología es una reflexión crítica sobre el saber, las posibilidades del conocimiento científico y el papel que cumple en la sociedad. El Ministerio de Educación Nacional considera que la actitud científica se caracteriza por la vitalidad, por su renovación permanente y por su oposición al dogmatismo. Sin dejar de reconocer el poder de transformación que ha adquirido la producción científica orientada por lo técnico (predecir y controlar los procesos de la naturaleza), también es válido aceptar como científico, el ubicar y orientar a las personas y a los grupos humanos en sus prácticas cotidianas (interés práctico); y además se refiere a la preocupación por develar los obstáculos y nexos ocultos que esclavizan a las personas y grupos sociales (interés emancipatorio). Una voluntad política que ignore el poder de la ciencia y la tecnología, carecerá de una orientación racional de su práctica y en nada contribuirá al desarrollo integral del individuo y de la sociedad.
A través del proyecto educativo, la comunidad educativa se apropia de las metodologías de las diversas disciplinas científicas, lo que significa lograr determinadas habilidades como las que se refieren al análisis, la síntesis, la observación, la formulación de modelos, hipótesis y teorías, la crítica, la deducción, entre otras. En este sentido debemos tener en cuenta que se debe inculcar en el educando la necesidad de unir la teoría y la praxis, pues la tecnología como un saber hacer, constituye una aplicación de la ciencia; que debe ser motivado para el estudio y búsqueda de soluciones a los problemas regionales y nacionales, pues no hay ciencia regionalista ni nacionalista, sino aplicación regional o nacional de la ciencia universal; que el proyecto educativo debe buscar un equilibrio entre las ciencias naturales y las ciencias sociales y defender la posición interdisciplinaria; y que si se pretende una transformación y un desarrollo integral, es necesario partir de la afirmación de determinados valores y una conciencia capaz de explicar objetivamente los fenómenos y capaz de controlar la emotividad y de justificar de manera razonable las decisiones y procedimientos adoptados en cada momento.
A través del proyecto educativo, la comunidad educativa se apropia de las metodologías de las diversas disciplinas científicas, lo que significa lograr determinadas habilidades como las que se refieren al análisis, la síntesis, la observación, la formulación de modelos, hipótesis y teorías, la crítica, la deducción, entre otras. En este sentido debemos tener en cuenta que se debe inculcar en el educando la necesidad de unir la teoría y la praxis, pues la tecnología como un saber hacer, constituye una aplicación de la ciencia; que debe ser motivado para el estudio y búsqueda de soluciones a los problemas regionales y nacionales, pues no hay ciencia regionalista ni nacionalista, sino aplicación regional o nacional de la ciencia universal; que el proyecto educativo debe buscar un equilibrio entre las ciencias naturales y las ciencias sociales y defender la posición interdisciplinaria; y que si se pretende una transformación y un desarrollo integral, es necesario partir de la afirmación de determinados valores y una conciencia capaz de explicar objetivamente los fenómenos y capaz de controlar la emotividad y de justificar de manera razonable las decisiones y procedimientos adoptados en cada momento.
FUNDAMENTOS FILOSÓFICOS
La reflexión filosófica, al explicitar el prototipo humano formado por la sociedad colombiana, llega a la conclusión de que este prototipo está doblemente condicionado: por una parte por las relaciones sociales existentes y por otra, por las características universales, exigencias y aspiraciones de la civilización universal, cada día más unificada por la interdependencia entre los países y un gran sistema mundial de interrelaciones políticas, económicas, sociales y culturales. Enmarcado en este sistema aparece un prototipo de hombre como ser cultural, histórico y social; concepción básica para organizar el proceso educativo.
El hombre, a diferencia del animal, surge como un ser incompleto, por tanto, se le considera un proyecto, una tarea educativa sin fin, que es posible gracias a que en él existe un conjunto de predisposiciones, de posibilidades que varían de un individuo a otro, las cuales solo pueden desarrollarse a partir del mundo que le es propio, a saber, el mundo de la cultura. Su realización humana supone que debe apropiarse críticamente de las creaciones culturales de sus antepasados: ideas, valores, costumbres, organización social, económica e institucional; en fin, conocer el pasado en la medida que sea necesario para la comprensión del presente y como experiencia para construir su futuro. En los últimos años de este proceso ha tenido que desarrollarse condicionado por la ciencia y la técnica. El hombre recrea su propia cultura.
La dignidad y grandeza del hombre radica en su historicidad, esto es, en el saber que el futuro está en sus manos y que a partir de su libertad puede moldear su ser individual y social. Lo que el hombre es, sólo lo sabemos por una seria reflexión sobre el proceso histórico. Dentro de este marco se entiende también al hombre como ser social, no sólo porque nace sino también porque su capacidad para crear cultura y crearse a sí mismo; a partir de ésta, supone la existencia de la sociedad, como depositaria de toda la experiencia cultural del hombre.
La caracterización del hombre como ser cultural, histórico y social, y la concepción de la educación como proceso de desarrollo integral del educando, a través de la cual profundiza la experiencia personal y la de la sociedad, para lograr su madurez y la transformación de la realidad, permite señalar que el proyecto educativo se debe diseñar para que contribuya real y efectivamente a la formación de esta caracterización en el educando; para que propicie su participación activa y en consecuencia guiarse por los principios operativos de la “Escuela activa”, en la que el educando, a partir del mundo de su experiencia, se apropie de todo aquello que define su sociedad; para la toma de una conciencia crítica sobre la necesidad del cambio y un fortalecimiento de la voluntad que le permita una acción eficaz y responsable; para dotarlo de unos principios metodológicos que le posibiliten un constante auto-aprendizaje; y capacitarlo para el debate de ideas sobre el poder y la fuerza que actúan en y a través de las instituciones y que le permitan participar consciente y responsablemente en el funcionamiento y desarrollo de las estructuras sociales, económicas y políticas.
El hombre, a diferencia del animal, surge como un ser incompleto, por tanto, se le considera un proyecto, una tarea educativa sin fin, que es posible gracias a que en él existe un conjunto de predisposiciones, de posibilidades que varían de un individuo a otro, las cuales solo pueden desarrollarse a partir del mundo que le es propio, a saber, el mundo de la cultura. Su realización humana supone que debe apropiarse críticamente de las creaciones culturales de sus antepasados: ideas, valores, costumbres, organización social, económica e institucional; en fin, conocer el pasado en la medida que sea necesario para la comprensión del presente y como experiencia para construir su futuro. En los últimos años de este proceso ha tenido que desarrollarse condicionado por la ciencia y la técnica. El hombre recrea su propia cultura.
La dignidad y grandeza del hombre radica en su historicidad, esto es, en el saber que el futuro está en sus manos y que a partir de su libertad puede moldear su ser individual y social. Lo que el hombre es, sólo lo sabemos por una seria reflexión sobre el proceso histórico. Dentro de este marco se entiende también al hombre como ser social, no sólo porque nace sino también porque su capacidad para crear cultura y crearse a sí mismo; a partir de ésta, supone la existencia de la sociedad, como depositaria de toda la experiencia cultural del hombre.
La caracterización del hombre como ser cultural, histórico y social, y la concepción de la educación como proceso de desarrollo integral del educando, a través de la cual profundiza la experiencia personal y la de la sociedad, para lograr su madurez y la transformación de la realidad, permite señalar que el proyecto educativo se debe diseñar para que contribuya real y efectivamente a la formación de esta caracterización en el educando; para que propicie su participación activa y en consecuencia guiarse por los principios operativos de la “Escuela activa”, en la que el educando, a partir del mundo de su experiencia, se apropie de todo aquello que define su sociedad; para la toma de una conciencia crítica sobre la necesidad del cambio y un fortalecimiento de la voluntad que le permita una acción eficaz y responsable; para dotarlo de unos principios metodológicos que le posibiliten un constante auto-aprendizaje; y capacitarlo para el debate de ideas sobre el poder y la fuerza que actúan en y a través de las instituciones y que le permitan participar consciente y responsablemente en el funcionamiento y desarrollo de las estructuras sociales, económicas y políticas.
FUNDAMENTOS LEGALES
La Constitución Política de Colombia de 1991, en su artículo 67 habla del derecho a la educación y además subraya la responsabilidad que en el proceso educativo le corresponde tanto a la sociedad, como a la familia y al Estado. Así sismo, en su artículo 68 hace referencia específica a la comunidad educativa, quien participará en la dirección de las instituciones educativas. En su artículo 65 menciona que la producción de alimentos gozará de la especial protección del Estado y que para este efecto se otorgará prioridad al desarrollo integral de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales ; como también a la construcción de obras de infraestructura física y adecuación de tierras; de igual manera promoverá la investigación y la transferencia de tecnología para la producción de alimentos y materias primas de origen agropecuario con el fin de aumentar la productividad.
Por su parte, la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994) establece que la educación es un proceso permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona, de su dignidad, de sus derechos y deberes. En su artículo 64 hace relación al fomento de la educación campesina, en atención a lo dispuesto en el artículo 65 de la Constitución Política. En su artículo 65 se refiere a los proyectos institucionales de educación campesina, en relación a la competencia de la secretaría de educación y agricultura para la orientación, asesoría y apoyo de estos proyectos, ajustados a las particularidades regionales y locales. En su artículo 138 establece como uno de los requisitos que debe tener todo establecimiento educativo, ofrecer un proyecto educativo institucional y además contar con la infraestructura administrativa y soporte de la actividad pedagógica para ofrecer al menos un grado de preescolar y los nueve grados de educación básica. En su artículo 73 determina que “con el fin de lograr la formación integral del educando, cada establecimiento educativo deberá elaborar y poner en práctica un proyecto educativo institucional, en el que especifiquen, entre otros aspectos, los principios y fines del establecimiento, los recursos docentes y didácticos disponibles y necesarios, la estructura pedagógica, el reglamento para docentes y estudiantes y el sistema de gestión, todo ello encaminado a cumplir con las disposiciones de la presente ley y los reglamentos...El proyecto educativo institucional debe responder a las situaciones y necesidades de los educandos, de la comunidad local, de la región y del país, ser concreto, factible y evaluable.
El Decreto 1860 de 1994, reglamentario de la Ley General de Educación, en su artículo 13, determina lineamientos en la articulación de la oferta educativa, para que los estudiantes puedan cursar la totalidad de la educación básica sin ser sometidos a nuevas admisiones y que para todos los efectos, serán colegios básicos. En su artículo 14 define que “todo establecimiento educativo debe elaborar y poner en práctica, con la participación de la comunidad educativa, un proyecto educativo institucional que exprese la forma como se ha decidido alcanzar los fines de la educación, definidos por la ley, teniendo en cuenta las condiciones sociales, económicas y culturales de su medio”.
La Ley 133 del 23 de Mayo de 1994 por la cual se desarrolla el Derecho de Libertad Religiosa y de cultos, reconocidos en el Artículo 19 de la Constitución Política"
En septiembre de 1996, el MEN, mediante Decreto 2247 establece normas relativas a la prestación del servicio educativo del nivel preescolar.
La Ley 715 de 2001 por su parte, determina en el artículo 9° que “las Instituciones educativas combinarán los recursos para brindar una educación de calidad, la evaluación permanente, el mejoramiento continuo del servicio educativo y los resultados del aprendizaje, en el marco de su Programa Educativo Institucional”.
En agosto de 2002, mediante Decreto 1850 se reglamenta la organización de la jornada escolar y la jornada laboral de directivos docentes y docentes de los establecimientos educativos estatales de educación formal, administrados por los departamentos, distritos y municipios certificados
El Decreto 2020 de junio 16 de 2006 Por medio del cual se organiza el Sistema de Calidad de Formación para el Trabajo
La Ley 1064 de julio 26 de 2006 por la cual se dictan normas para el apoyo y fortalecimiento de la educación para el trabajo y el desarrollo humano establecida como educación no formal en la Ley General de Educación.
En noviembre de 2006, el Congreso de la República, mediante Ley 1098, Ley de Infancia y Adolescencia, establece normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes, garantizando el ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales de derechos humanos en la Constitución Política y en las leyes
El Decreto 4500 de diciembre 19 de 2006 por el cual se establecen normas sobre la educación religiosa en los establecimientos oficiales y privados de educación preescolar, básica y media de acuerdo con la Ley 115 de 1994 y la Ley 133 de 1994.
El Decreto 1290 de 2009 reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media.
Este marco constitucional y legal en el cual se pone acento en el quehacer de la educación en la vida de los seres humanos, no sólo como un derecho, sino como una responsabilidad social, lleva a crear una de las herramientas más completas que en materia de educación puedan utilizarse para lograr la formación integral del educando. En concordancia con estos escenarios, nos proponemos mejorar significativamente la calidad de la educación, teniendo como una de sus principales estrategias para lograrlo, el diseño y la puesta en marcha del Proyecto Educativo Institucional.
Por su parte, la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994) establece que la educación es un proceso permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona, de su dignidad, de sus derechos y deberes. En su artículo 64 hace relación al fomento de la educación campesina, en atención a lo dispuesto en el artículo 65 de la Constitución Política. En su artículo 65 se refiere a los proyectos institucionales de educación campesina, en relación a la competencia de la secretaría de educación y agricultura para la orientación, asesoría y apoyo de estos proyectos, ajustados a las particularidades regionales y locales. En su artículo 138 establece como uno de los requisitos que debe tener todo establecimiento educativo, ofrecer un proyecto educativo institucional y además contar con la infraestructura administrativa y soporte de la actividad pedagógica para ofrecer al menos un grado de preescolar y los nueve grados de educación básica. En su artículo 73 determina que “con el fin de lograr la formación integral del educando, cada establecimiento educativo deberá elaborar y poner en práctica un proyecto educativo institucional, en el que especifiquen, entre otros aspectos, los principios y fines del establecimiento, los recursos docentes y didácticos disponibles y necesarios, la estructura pedagógica, el reglamento para docentes y estudiantes y el sistema de gestión, todo ello encaminado a cumplir con las disposiciones de la presente ley y los reglamentos...El proyecto educativo institucional debe responder a las situaciones y necesidades de los educandos, de la comunidad local, de la región y del país, ser concreto, factible y evaluable.
El Decreto 1860 de 1994, reglamentario de la Ley General de Educación, en su artículo 13, determina lineamientos en la articulación de la oferta educativa, para que los estudiantes puedan cursar la totalidad de la educación básica sin ser sometidos a nuevas admisiones y que para todos los efectos, serán colegios básicos. En su artículo 14 define que “todo establecimiento educativo debe elaborar y poner en práctica, con la participación de la comunidad educativa, un proyecto educativo institucional que exprese la forma como se ha decidido alcanzar los fines de la educación, definidos por la ley, teniendo en cuenta las condiciones sociales, económicas y culturales de su medio”.
La Ley 133 del 23 de Mayo de 1994 por la cual se desarrolla el Derecho de Libertad Religiosa y de cultos, reconocidos en el Artículo 19 de la Constitución Política"
En septiembre de 1996, el MEN, mediante Decreto 2247 establece normas relativas a la prestación del servicio educativo del nivel preescolar.
La Ley 715 de 2001 por su parte, determina en el artículo 9° que “las Instituciones educativas combinarán los recursos para brindar una educación de calidad, la evaluación permanente, el mejoramiento continuo del servicio educativo y los resultados del aprendizaje, en el marco de su Programa Educativo Institucional”.
En agosto de 2002, mediante Decreto 1850 se reglamenta la organización de la jornada escolar y la jornada laboral de directivos docentes y docentes de los establecimientos educativos estatales de educación formal, administrados por los departamentos, distritos y municipios certificados
El Decreto 2020 de junio 16 de 2006 Por medio del cual se organiza el Sistema de Calidad de Formación para el Trabajo
La Ley 1064 de julio 26 de 2006 por la cual se dictan normas para el apoyo y fortalecimiento de la educación para el trabajo y el desarrollo humano establecida como educación no formal en la Ley General de Educación.
En noviembre de 2006, el Congreso de la República, mediante Ley 1098, Ley de Infancia y Adolescencia, establece normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes, garantizando el ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales de derechos humanos en la Constitución Política y en las leyes
El Decreto 4500 de diciembre 19 de 2006 por el cual se establecen normas sobre la educación religiosa en los establecimientos oficiales y privados de educación preescolar, básica y media de acuerdo con la Ley 115 de 1994 y la Ley 133 de 1994.
El Decreto 1290 de 2009 reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media.
Este marco constitucional y legal en el cual se pone acento en el quehacer de la educación en la vida de los seres humanos, no sólo como un derecho, sino como una responsabilidad social, lleva a crear una de las herramientas más completas que en materia de educación puedan utilizarse para lograr la formación integral del educando. En concordancia con estos escenarios, nos proponemos mejorar significativamente la calidad de la educación, teniendo como una de sus principales estrategias para lograrlo, el diseño y la puesta en marcha del Proyecto Educativo Institucional.
miércoles, 6 de abril de 2011
OBJETIVOS INSTITUCIONALES
a. Promover la formulación y ejecución de un proyecto para recuperar y conservar las microcuencas de las quebradas del sector
b. Promover el uso de mecanismos o técnicas para la disposición correcta de las basuras y las aguas servidas.
c. Coordinar, con las autoridades de salud, acciones para prevenir problemas respiratorios, de diarrea, parasitismo y orales.
d. Identificar las condiciones de producción de naranja en la región y promover su mejoramiento y aprovechamiento
e. Promover en los niños y en sus familias el hábito del ahorro.
f. Obtener oportunamente los requerimientos del saneamiento contable
g. Fomentar el hábito por la lectura y el interés por la investigación.
h. Desarrollar acciones para conservar el ornato y mantenimiento de la institución.
i. Formar a los estudiantes en principios para la solidaridad, la participación y el trabajo.
j. Velar porque los principios de la pedagogía activa y el constructivismo pedagógico social se hagan realidad en nuestro quehacer educativo.
k. Apoyar las organizaciones escolares legítimamente constituidas y velar por el cumplimiento de sus funciones.
l. Dotar la institución de la infraestructura escolar necesaria para la función administrativa y pedagógica y disponerla estratégicamente para su mejor aprovechamiento
Además de las anteriores, los objetivos específicos de la educación preescolar, básica en los ciclos de primaria y secundaria Y media académica (Art.16, 21, 22 y 30 respectivamente, de la Ley 115 de 1994).
b. Promover el uso de mecanismos o técnicas para la disposición correcta de las basuras y las aguas servidas.
c. Coordinar, con las autoridades de salud, acciones para prevenir problemas respiratorios, de diarrea, parasitismo y orales.
d. Identificar las condiciones de producción de naranja en la región y promover su mejoramiento y aprovechamiento
e. Promover en los niños y en sus familias el hábito del ahorro.
f. Obtener oportunamente los requerimientos del saneamiento contable
g. Fomentar el hábito por la lectura y el interés por la investigación.
h. Desarrollar acciones para conservar el ornato y mantenimiento de la institución.
i. Formar a los estudiantes en principios para la solidaridad, la participación y el trabajo.
j. Velar porque los principios de la pedagogía activa y el constructivismo pedagógico social se hagan realidad en nuestro quehacer educativo.
k. Apoyar las organizaciones escolares legítimamente constituidas y velar por el cumplimiento de sus funciones.
l. Dotar la institución de la infraestructura escolar necesaria para la función administrativa y pedagógica y disponerla estratégicamente para su mejor aprovechamiento
Además de las anteriores, los objetivos específicos de la educación preescolar, básica en los ciclos de primaria y secundaria Y media académica (Art.16, 21, 22 y 30 respectivamente, de la Ley 115 de 1994).
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